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  • LEY DE MEDIACIÓN EN LA COMUNIDAD VALENCIANA

     El jueves 30 de marzo de 2017 se presentó en el Palacio de Cervelló por la Consellera de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, Dª Gabriela Bravo, el borrador del Anteproyecto de Ley de Mediación.

      Como expuso, se trata de una Ley de máximos, que actúa como marco jurídico del desarrollo de  la mediación  y  que garantiza la realización de una justicia integral, dentro del beneficio de justicia gratuita, en consecución de una sociedad más avanzada, más cohesionada y democrática, fomentando la cultura de paz, de dialogo y de encuentro. Su promulgación no solo era una demanda social, sino un espaldarazo institucional a la mediación y a la profesionalización del mediador.

      A continuación se formó una mesa de debate coordinada por la Profesora Dª Silvia Barona, Catedrática de Derecho Procesal de la Universidad de Valencia, actual Presidenta  de la Corte de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación,  quien comenzó advirtiendo que la mediación ha venido para quedarse,  y abrió el turno de palabra a los participantes en la misma:

     Sandra Luz Souto. Mediadora (Asociación Midrashic) habló de transversalidad de la mediación, las competencias y destrezas del mediador, que herramientas debe utilizar según el ámbito que actúa y finalizó solicitando de la Conselleria que incluya otras leyes también autonómicas de mediación,  no solo la familiar sino la intercultural.

      Gema Pons, Mediadora y Capacitadora  (Gestión inteligente de conflictos) que enfatizó la formación , si bien partimos del mínimo de cien horas de  la ley estatal,  advierte que es escasa y  es necesaria una formación continua especializada.

       Salvador Alborch, Mediador y Notario que destacó la estructura organizativa que implanta la nueva ley como el Consejo asesor, donde están representados todas las asociaciones, colegios profesionales y la universidad como garantía en la formación, aunque más que consultivo le gustaría que fuera vinculante sus informes, el Centro de Mediación, si bien criticó la regulación en la ley  del procedimiento sancionador, dado que tenía que ser objeto de desarrollo reglamentario.

       Francisco Ferrer, Mediador y abogado (CMICAV) quien encuentra en la nueva ley la consolidación del trabajo que hoy desarrolla dicho centro.

       Amparo Peris, Representante de la Federación  de Asociaciones profesionales para la mediación de la CV  FEPAMED-CV  quien dijo que no saber si será o no una buena ley  hasta que se aplique, y solicitó a la Conselleria la supresión del título V dedicado al procedimiento sancionador, puesto que no se puede garantizar la competencia de un mediador a base de sanciones sino motivarlos con el acceso a cursos especializados más económicos.

      Posteriormente se abrió un turno de palaba entre los asistentes donde quedaron evidenciados los recelos profesiones, así como se solicitaba de Conselleria el reconocimiento de aquellos mediadores que ejercían y con éxito la mediación, que no tienen este título universitario o de formación profesional que ahora se exige con la ley estatal

        Finalizó el acto formulando unas sugerencias:

       1.- Suprimir de la ley el procedimiento sancionador y pasarlo al reglamento y/o materia deontológica en el estatuto  y normativa de RC profesional.

        2.- Incluir en el art. 39 de la nueva ley no solo a las personas físicas sino también a las jurídicas.

      3.- No judicializar la mediación. Se pide desmarcar en la nueva ley la mediación intra-procesal o intrajudicial de la mediación extrajudicial (o extraprocesal).

        4.- Hay mucha materia reservada al reglamento que la desarrollarla la ley.

       5.- Regular bien la confidencialidad,  bien en el tipo de documentación que se aporta,  bien en la tramitación de los ODR.

       El acto fue clausurado por el nuevo director de justicia quien agradeció la presencia de todos los asistentes, así como animó a formular las propuestas por parte de las entidades y colegios profesionales, que formarían parte de un expediente y que personalmente junto a un grupo de parlamentarios  presentes habían estado recogiendo, se contestarían o motivarían su rechazo.?

  • CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL: Guía de Mediación Intrajudicial que recoge toda la normativa nacional e internacional y los protocolos de mediación civil, familiar, penal, laboral y contencioso administrativa, como herramienta para la mejora del acceso a la justicia. GUIA

  • CONVENIO DE MEDIACION PENAL INTRAJUDICIAL. Solicitud de inscripcion.

  • CONVENIO DE INTERMEDIACIÓN  JUDICIAL. Informe

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